¿Quieres saber de manera resumida cuáles son los principales cambios normativos con la nueva regulación europea de UAS (sistema de aeronave no tripulada)?
Los principales cambios de cara a la futura normativa europea de UAS son:
1. La normativa europea aplica a cualquier aeronave no tripulada (drone) indistintamente de su uso (profesional o recreativo). Además, tras la entrada en vigor del nuevo Reglamento Base de EASA (Reglamento (UE) 2018/1139), todos los drones y operaciones con ellos son competencia de EASA (Agencia Europea de Seguridad Aérea), independientemente de su peso;
2. Se crea un registro de operadores interoperable a nivel comunitario y se establecen los requisitos para la identificación electrónica directa remota de drones;
3. Se definen tres categorías operacionales basadas en el riesgo de la operación: ‘abierta’ , ‘específica’ y ‘certificada’ , si bien la norma recientemente adoptada por la Comisión Europea cubre principalmente las categorías ‘abierta’ y ‘específica’;
4. Se deben designar las autoridades competentes para los distintos ámbitos de aplicación;
5. Se establecen los parámetros específicos que deben contener los estudios aeronáuticos de seguridad;
6. Se definen las condiciones para las operaciones transfronterizas o en un Estado Miembro diferente del de registro del operador;
7. Se atribuye mayor importancia a la supervisión de ciertas operaciones por parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad;
8. Se permite el transporte aéreo y los enjambres;
9. Se contemplan las operaciones autónomas (sin intervención del piloto);
10. Se establecen las disposiciones relativas a los requisitos de producto, así como a privacidad, y protección de datos y del medioambiente;
11. Se establece un nuevo enfoque en relación con la formación de pilotos remotos;
12. Se presenta un nuevo planteamiento para los aeromodelos y clubes o asociaciones de aeromodelismo;
13. Se definen diferentes procedimientos y requisitos para la habilitación de operadores y para la autorización de operaciones;
14. Se crea el concepto de LUC (‘Light UAS operator Certificate’) como mecanismo de otorgar ciertos privilegios a operadores de drones que hayan demostrado su competencia ante la autoridad de aviación civil;
15. Se define un nuevo esquema según la categoría de la operación para la edad mínima de los pilotos remotos, incluyendo la supervisión de los mismos;
16. No se exige un certificado médico para los pilotos remotos (categorías ‘abierta’ y ‘específica’);
17. Se abre la puerta a una futura regulación en materia de U‐Space/UTM.